- Seguros de prestación de servicios: el contrato obliga a la compañía aseguradora a prestar un servicio.
Decesos: cubre los gastos originados en caso de muerte.
Defensa jurídica: cubre los gastos como consecuencia de un proceso judicial (asesoramiento,tasas, asistencia jurídica, etc.).
Asistencia en viajes:cubre riesgos durante la realización de un viaje.
2. Seguros personales: el objeto es la propia persona, la póliza puede cubrir salud, dependencia, accidente, fallecimiento, etc.
a) Seguros de vida: el pago de la póliza depende de la supervivencia del asegurado.
- Fallecimiento: si el asegurado muere antes del fin del contrato el beneficiario cobra la cantidad pactada.
- Supervivencia o ahorro: Si el asegurado vive a la fecha de fin del contrato cobra el capital o renta pactadas.
- Mixtos: es una combinación de los dos anteriores.
c) Seguros de salud: proporcionan cobertura sanitaria y asistencial. Normalmente cubren al asegurado y a su familia directa.
- Asistencia sanitaria: se recibe asistencia médica y quirúrgica en una serie de centros concertados con la compañía aseguradora.
- Reembolso: la persona asegurada puede asistir a cualquier profesional o centro médico. El asegurado paga la factura y la aseguradora le rembolsa la cantidad pagada.
- Indemnización: la compañía paga al asegurado una cantidad fijada.
d) Seguros de dependencia: cubren una indemnización o rentas en caso de que una persona no pueda valerse por sí misma.
3. Seguros de daños: cubren las pérdidas causadas en un siniestro, del asegurado y a terceros(otras personas) .
- Responsabilidad Civil: cubre posibles daños a otras personas(llamadas terceros): accidentes de tráfico, rotura de grifos, etc.
- Automóvil: es obligatoria la póliza de responsabilidad civil y puede ampliarse a daños propios, asistencia en carretera, rotura de lunas, robo, todo riesgo, etc.
- Seguros agrícolas o agrarios: cubren enfermedades de los animales, causas climatológicas adversas (sequía o heladas).
- Crédito: cubren el pago de préstamos bancarios como consecuencia de insolvencia.
- Otros:Transporte, Incendio, Robo,etc.
- Multirriesgo: es cuando en una sola póliza se garantizan diferentes riesgos para el asegurado. El ejemplo más común es el seguro de multirriesgo hogar que cubriría daños, responsabilidad civil, etc.
- Seguro s. m. Contrato por el cual una compañía paga una cantidad de dinero en caso de muerte, daño o pérdida, a cambio del pago de una cuota.
- Asegurado, -da adj.-s. Díc. de la persona u objeto que el seguro cubre sus riesgos.
- Beneficiario -a adj.-s. Persona quien recibe la indemnización de un contrato de seguro.
- Contrato s. m. Acuerdo, generalmente escrito, por el que dos partes se comprometen a respetar y cumplir una serie de condiciones.
- Póliza s. f. Documento que sirve para demostrar la validez de un contrato, en seguros, bolsa y en otros negocios; en él aparecen las condiciones, características, cláusulas, etc., del contrato: póliza del seguro de accidentes.
- Siniestro s. m. Daño o pérdida importante de propiedades o personas a causa de accidente, muerte, incendio, robo, etc.
- Indemnización s. f. Cantidad de dinero que da una compañía por un siniestro.
- Riesgo s. m. A Posibilidad de peligro. Ejemplo: El seguro no nos cubre el riesgo de inundación.
Si tienes un accidente y es tu culpa, es obligatorio tener contratado un seguro mínimo por ley para pagar las indemnizaciones o daños a terceros(otras personas) que se produzcan (personales y materiales) en el siniestro).
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